DESDE LA PERSPECTIVA DEL DERECHO INTERNACIONAL----
Anastasiya Koroleva
El uso legítimo de la fuerza ha sido atribuido tradicionalmente al Estado.
El Estado como la única fuente de “derecho” a la violencia legítima mantiene el orden interno y garantiza la seguridad, defensa y soberanía del territorio, proporcionando protección frente a las amenazas externas a su integridad territorial. En este esquema claro la guerra suponía el conflicto entre los Estados-naciones luchando por sus intereses geopolíticos o ideológicos.
Las fuerzas armadas regulares de los Estados oponentes se enfrentaban en el campo de batalla para capturar nuevos territorios o defender los suyos. Clausewitz define la guerra como “un duelo en una escala más amplia”1 , “un acto de fuerza” que se lleva a cabo para obligar al adversario a acatar la voluntad del vencedor2 .
Según M. Kaldor, los Estados europeos, en su forma moderna, fueron establecidos a través de las guerras clásicas. Las guerras, incluso, fortalecían los Estados vencedores a través de la regularización de la administración, la subida de los impuestos y el desarrollo de la ideología nacional.
En la era de la globalización, la aparición en el escenario internacional de los actores diferentes de los Estados, el aumento de la interacción entre actores transnacionales y la agravación de los problemas humanitarios han transformado el concepto de seguridad y la cara de la guerra.
Las formas de la violencia organizada del siglo XXI son muy distintas a las del pasado. Hoy en día son escasos los enfrentamientos abiertos interestatales. La mayoría de los conflictos armados son conflictos internos, de baja intensidad, con tendencia a prolongarse en el tiempo. Con el desarrollo de las tecnologías militares y la disponibilidad de armas modernas, se han transformado los medios para ejercer la violencia; la batalla entre las fuerzas armadas ya no es un encuentro decisivo.
Los conflictos armados contemporáneos se caracterizan por la presencia de diversos grupos de actores no estatales con motivaciones diversas. Las “nuevas” guerras conllevan la fragmentación y la descentralización de los Estados.
En las situaciones donde las campañas militares reciben poco apoyo de la población el éxito de los esfuerzos bélicos depende fundamentalmente del apoyo externo.
En estas condiciones la privatización de la guerra a través de la tercerización de las funciones de seguridad y del uso de la fuerza, que tradicionalmente correspondían al Estado soberano, por parte de los mismos se vuelve un rasgo destacado de las guerras postmodernas.
La tercerización de las funciones de seguridad ha alcanzado niveles muy elevados, por ejemplo, en las zonas de conflicto en Irak e Afganistán, donde Estados Unidos tiene la mayor presencia militar y diplomática.
Según los informes del Departamento de Defensa de Estados Unidos, entre los años 2008-2011 los contratistas privados en Irak y Afganistán representaron el 52 % de las fuerzas de seguridad, lo que equivale a 190.000 personas.
Según Jack Straw, ex Ministro británico de Asuntos Extranjeros, la gran cantidad de conflictos internos en los Estados débiles aumenta la demanda de la intervención por parte de la comunidad internacional, que hace crecer, al mismo tiempo, la demanda por las EMSP como el modo más rentable de procurar los servicios de seguridad.
En su informe el ex Ministro predice, también, el aumento del uso de los servicios de las EMSP por parte de las organizaciones internacionales, sobre todo, las Naciones Unidas, que les permitirá reaccionar más rápido y más eficazmente en las situaciones de crisis.
Efectivamente, muchos países europeos, las organizaciones internacionales y las corporaciones transnacionales recurren cada vez más a los servicios de las empresas militares y de seguridad privadas (EMSP).
Los Países Bajos contratan a las fuerzas de seguridad armadas y no armadas privadas para ejercer sus misiones en el extranjero. El Reino Unido utiliza a los contratistas armados para la protección del personal del Ministerio de Relaciones Exteriores y del Departamento para el Desarrollo Internacional.
Alemania contrató a las empresas de seguridad para sus misiones en Afganistán.
La Unión Europea contrató a la seguridad privada para proteger la sede de EUPOL en Afganistán, para apoyar la misión de EULEX en Kosovo y la misión de EUPOL en la República Democrática del Congo.
Las empresas privadas contratadas por la Unión Europea prestaban servicios de apoyo logístico y de transportación durante las operaciones militares en Bosnia-Herzegovina, RD del Congo y Chad.
La Organización de las Naciones Unidas contrató a las empresas de seguridad privadas para apoyar sus misiones de mantenimiento de la paz en Somalia, Sierra Leona y Bosnia, así como para proteger su personal y sus sedes en Afganistán.
Las razones de esta tendencia derivan de una serie de factores. La tendencia neoliberal de privatización del sector público ha alcanzado en los últimos años varias actividades como las telecomunicaciones, el servicio de correo, la seguridad social o, incluso, las cárceles y el cumplimiento de la ley. La industria militar también se quedó afectada por esta ola de privatización.
La disponibilidad de armamento y de personal con experiencia militar y de combate como consecuencia del final de la guerra fría y de los conflictos relacionados lo hizo posible. Además, la naturaleza de las nuevas misiones de seguridad en conflictos internacionales y los éxitos de algunas de las empresas militares también explican el aumento de contratación de las EMSP.
Sin embargo, los casos de violaciones graves cometidas por los agentes de seguridad privada en Irak, Afganistán y otras zonas de conflicto o posteriores a un conflicto y la situación de impunidad con la que operan, han causado muchas críticas, tanto desde un punto de vista moral, como desde una perspectiva práctica.
Consecuentemente, en este trabajo la mayor atención se centrará en el papel que juegan las EMSP en el contexto de los conflictos armados y, sobre todo, cuando sean contratados por los propios Estados, teniendo como objetivo la identificación de las normas que determinan la legalidad del recurso a los servicios de estas empresas, el estatuto jurídico de su personal, sus derechos, obligaciones y responsabilidades.
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